La Línea A de las Ayudas a la Rehabilitación Edificatoria reguladas según las bases establecidas en la Orden 88/2018, de 4 de junio, están dirigidas a las actuaciones subvencionables que, englobadas en alguno de los programas de ayudas establecidos, ya sea el de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad o el de fomento de la conservación, mejora de la seguridad y de la accesibilidad, se realicen en ELEMENTOS COMUNES de edificios de TIPOLOGÍA RESIDENCIA COLECTIVA de viviendas.
A los efectos de estas ayudas, se considera edificio de tipología residencial colectiva, el compuesto en todo caso por más de una vivienda, sin perjuicio de que pueda contener de manera simultánea otros usos distintos pero compatibles con el residencial. No tienen esta consideración con carácter asimilado edificios destinados a ser ocupados o habitados por un grupo de personas que, sin constituir núcleo familiar, compartan servicios y se sometan a un régimen común, tales como hoteles o residencias.