Régimen Especial De Concierto

El depósito en el Régimen Especial de Concierto permite ingresar el 90% del importe de las fianzas correspondientes a uno o varios contratos de arrendamiento, siempre que se cumplan los requisitos.

Es VOLUNTARIO, para las personas arrendadoras de fincas urbanas.

Es OBLIGATORIO, para las empresas suministradoras de agua, gas, electricidad y servicios análogos, cuando exijan en sus contratos o pólizas de abono una fianza a los usuarios.

REQUISITOS DE ACCESO

Para acogerse al régimen especial de concierto las personas arrendadoras deben cumplir alguno de los siguientes requisitos:

  1. Disponer de un mínimo de DIEZ fincas urbanas arrendadas.
  2. Que la fianza o fianzas a depositar sean por importe igual o superior a 10.000 euros.

SOLICITUD DE ACCESO AL RÉGIMEN DE CONCIERTO

Se efectuará de forma TELEMÁTICA mediante el formulario oficial habilitado al efecto disponible en la sede electrónica www. jccm.es, a que puede acceder directamente desde aquí:

SOLICITUD

Deberá acompañarse de la documentación indicada en el apartado siguiente.

DOCUMENTACIÓN PARA LA SOLICITUD DE ACCESO AL RÉGIMEN DE CONCIERTO

La solicitud vendrá acompañada de los siguientes documentos:

  1. RELACIÓN DE FIANZAS, con expresa indicación de las ya depositadas en régimen general, en archivo específico “PLANTILLA DE FIANZAS” descargable en el propio formulario de la solicitud.
    (leer instrucciones para su correcta cumplimentación)
    • Se trata de un fichero excel tipo, con extensión *.xlsx y firmado por la JCCM para que no haya dudas sobre su seguridad. Debe DESCARGARSE como *.xlsx
    • Dicho archivo contiene campos obligatorios que el sistema ha de validar, por lo que debe CUMPLIMENTARSE en este formato *.xlsx, y VALIDAR su contenido. Dispone de una pestaña con las instrucciones propias para su cumplimentación, siendo obligatoria la inclusión del campo de referencia catastral.
    • Una vez validado debe GUARDARSE con la extensión *.xlsx, siendo este último el archivo que hay que adjuntar al formulario, ya que la extesión *.xlsx sería rechazada por el sistema.

  2. Copia de escritura de constitución de la persona arrendadora, en el caso de personas jurídicas.
  3. Acreditación de la representación, en su caso.
  4. En el caso de las fianzas ya depositadas por otro titular de un concierto, deberá aportarse copia de documento público que acredite la trasmisión de los inmuebles entre las partes, justificando la subrogación en las fianzas depositadas y solicitando el traspaso del concierto inicial al nuevo concierto.