El depósito en el Régimen Especial de Concierto permite ingresar el 90% del importe de las fianzas correspondientes a uno o varios contratos de arrendamiento, siempre que se cumplan los requisitos.
Es VOLUNTARIO, para las personas arrendadoras de fincas urbanas.
Es OBLIGATORIO, para las empresas suministradoras de agua, gas, electricidad y servicios análogos, cuando exijan en sus contratos o pólizas de abono una fianza a los usuarios.