Depósito de fianzas

La Ley 29/1994, de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos, establece la obligatoriedad de la exigencia y prestación de fianza por la celebración de contratos de arrendamientos de fincas urbanas, y habilita a las Comunidades Autónomas para que regulen la obligación de los arrendadores de DEPOSITAR EL IMPORTE DE LAS FIANZAS, sin devengo de interés, ante la administración autonómica.

El Decreto 6/2022, de 25 de enero por el que se regula el depósito de fianzas y el Censo Regional de Contratos de Arrendamiento de Fincas Urbanas de Castilla-La Mancha tiene por objeto regular el régimen jurídico del depósito de las fianzas derivadas de los contratos de arrendamiento de fincas urbanas que se destinen a vivienda o a uso distinto de la vivienda, así como las fianzas que se exijan a las personas usuarias de suministros o servicios complementarios, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y supone una importante revisión y actualización de la normativa autonómica anterior para adecuarla a la actual legislación e incorporando los medios de identificación y gestión electrónica.