Soy propietario de un local y el inquilino tiene dificultades para el pago

La pandemia de COVID–19 está generando un fuerte impacto sanitario, social y económico. La falta de ingresos o la minoración de los mismos durante el estado de alarma puede dar lugar a la incapacidad financiera de autónomos y pymes para hacer frente al cumplimiento, total o parcial, de sus obligaciones de pago de renta de locales en alquiler poniendo en serio riesgo la continuidad de sus actividades económicas, que se han visto obligadas a suspender o a reducir drásticamente su facturación, como consecuencia de las medidas excepcionales adoptadas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Ante esta situación, se considera conveniente facilitar que las partes puedan llegar a un acuerdo para la modulación del pago de las rentas de los alquileres de locales. Por ello, el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, en su artículo 2 ha establecido para LOS ARRENDAMIENTOS PARA USO DISTINTO DE LA VIVIENDA O DE INDUSTRIA la posibilidad de que las partes contractuales puedan disponer libremente de la fianza, sin que esto suponga una extinción del contrato, y servirse de la misma para el pago total o parcial de alguna o algunas mensualidades de la renta arrendaticia.