Firmada la escritura pública del contrato de compraventa de vivienda ante el notario y en su caso el préstamo hipotecario, hay que proceder a su inscripción en el Registro de la Propiedad.
Si bien, la inscripción NO ES OBLIGATORIA, será muy importante y conveniente que se realice, dado que, de este modo el comprador quedará plenamente protegido como propietario.
El Registro de la Propiedad es una institución destinada a dar publicidad al tráfico jurídico inmobiliario con el fin de dotar de seguridad a los operadores de este ámbito. Lo que consta en el Registro de la Propiedad se presume cierto y sólo podría modificarlo un juez. Antes de adquirir una vivienda y para asegurarse de la situación en la que esta se encuentra, se debe consultar previamente el Registro de la Propiedad.
Localiza el Registro de la Propiedad que te corresponde en www.registradores.org.