Podrán acceder al Programa de Asistencia, Asesoramiento e Intermediación Hipotecaria quienes se encuentren en la siguiente situación:
- Que se trate de un crédito o préstamo garantizado con hipoteca que recaiga sobre la única vivienda propiedad del deudor y concedido para la adquisición de la misma.
- Que la vivienda hipotecada o arrrendada sea la única que posee y se encuentre en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
- Que el titular se encuentre empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Estas actuaciones se entenderán extendidas, en su caso, a la vivienda habitual de la persona que hubiera avalado el préstamo hipotecario, siempre que reunieran estos requisitos.