Líneas de actuación

En el seno del Programa de Asistencia, Asesoramiento e Intermediación hipotecaria se desarrollarán, por medio de personal profesional y formado, las líneas de actuación siguientes:.

Linea 1. Asesoramiento e información general.

Línea 2. Intervención social.

Línea 3. Asesoramiento jurídico.

Línea 4. Intermediación con la entidad acreedora.

Línea 5. Conciliación con entidad acreedora.

Estas líneas de actuación se desarrollan por medio de las seis Oficinas integrantes del Programa, en las cuales participa personal de la Consejería de Fomento en colaboración con el de la Consejería de Bienestar Social, más las aportaciones, para cada Oficina, de un letrado facilitado por cada uno de los seis Colegios Oficiales de Abogados de la Región y un trabajador social aportado por el Colegio Oficial de Trabajo Social de Castilla-La Mancha.

Línea 1. ASESORAMIENTO E INFORMACIÓN GENERAL

Los servicios correspondientes a la Línea 1, son prestados por personal de la Consejería de Fomento y consisten en:

a) La gestión de recepción de solicitudes, apertura de fichas personales, recogida de datos y primera recepción de los demandantes del Programa, procediendo a su inscripción en un cupo específico del Registro de Demandantes de Vivienda de Castilla-La Mancha.

b) Se dará una primera atención y asesoramiento a las personas demandantes del Programa de Asistencia, Asesoramiento e Intermediación hipotecaría, consistente en:

  • Otorgar a los interesados una primera información sobre los recursos de asistencia jurídica, social y de intermediación que se ponen a su disposición por medio del Programa.
  • Filtrar, en atención a las necesidades denotadas en sus solicitudes por los interesados, la asistencia jurídica, social o de intermediación que precisa su caso concreto.
  • Desarrollo de informes sociales relativos a los usuarios del Programa y su situación particular.
  • Informar a los interesados sobre la posibilidad de acceder a las convocatorias y bolsas de viviendas en alquiler u otros regímenes de las que dispongan las distintas Administraciones Públicas y, en su caso, también las entidades financieras.
  • Centralizar la información, asesorar, coordinar y evaluar los resultados de las actuaciones realizadas y de las ayudas prestadas por medio del Programa de Asistencia, Asesoramiento e Intermediación Hipotecaria. Para lo anterior, y en cada caso concreto, se designará un profesional de referencia de entre los que dan servicio en cada una de las oficinas que estará encargado de la coordinación de las distintas labores desarrolladas en éstas.

Línea 2. INTERVENCIÓN SOCIAL

Contando con el servicio experto de los técnicos de las cinco Delegaciones Provinciales de la Consejería de Bienestar Social, apoyados por el personal de la Consejería de Fomento, esta línea dará toda la asistencia propia de la Intervención Social a los usuarios del Programa, realizando especial hincapié en:

  • la elaboración de informes sociales,
  • la tramitación de ayudas a las que éstos tengan derecho y
  • la búsqueda, caso de ser necesario, de soluciones habitacionales alternativas

Línea 3. ASESORAMIENTO JURÍDICO

Los servicios correspondientes a la Línea 3, prestados por Técnicos Jurídicos, consistirán en la orientación jurídica al usuario de:

  • los diversos trámites propios de los proceso de ejecución hipotecaria y/p de los de juicio verbal por desahucio. 
  • las medidas y recursos que pueden ser accionados en su seno.

Se orientará al usuario al recurso de la Línea 4 del Programa, intermediación con la entidad acreedora, al tiempo que se le informará de los requisitos de la asistencia letrada en el seno de dicho proceso de ejecución hipotecaria.

En este último caso también se informará de los medios de asistencia jurídica que contempla la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.

Línea 4. INTERMEDIACIÓN CON LA ENTIDAD ACREEDORA

Los profesionales de la oficina iniciarán con la entidad acreedora un contacto directo conducente a la apertura de procesos de intermediación alternativos a los procesos judiciales, tanto en casos de deudores hipotecarios como en arrendatarios con dificultades, procurando acuerdos extrajudiciales entre las partes que satisfagan a ambas y dejen sin efecto o incluso anulen, las acciones judiciales ya iniciadas.

Siguiendo esta línea, se considera prioritario lograr que el/los titulares de la que fue su vivienda, mantengan el uso y disfrute de la misma.

 

Línea 5. CONCILIACIÓN ENTIDAD COLABORADORA

  • Conciliación en Ejecuciones Hipotecarías.
  • Conciliación en Cláusulas Suelo.