Para calcular la RENTA MÁXIMA de una vivienda protegida, hay que aplicar los siguientes porcentajes a los precios máximos de venta:

PORCENTAJES A APLICAR PARA EL CÁLCULO DE LA RENTA MÁXIMA
PLAZO DE ARRENDAMIENTO

VPO

Régimen Especial

VPO

Régimen General

VPO

Precio Concertado

VPT

Precio Tasado

Iniciativa Público-Privada

VPO

Promoción Pública

10 años 3,85%      
    5,5% 5,5% 3%
25 años 2,45%

 

Estos porcentajes se aplicarán también al arrendamiento de garaje y trastero vinculados. A estos efectos, la superficie útil máxima computable de los garajes y trasteros será de 25 y 8 metros cuadrados respectivamente, con independencia de que las superficies reales fueran superiores.

PRECIOS MÁXIMOS DE VENTA
 

VPO

Régimen Especial

VPO

Régimen General

VPO 

Régimen Concertado

VPT

Precio Tasado

Iniciativa Público-Privada

VPO

Promoción Pública

ATPMS B1 1.733,29 1.925,87 2.118,46 2.311,05 2.542,16 1.232,56
ATPMS C2 1.594,63 1.771,80 1.948,99 2.126,17 2.338,78 1.133,95
Área Geográfica 13 1.386,63 1.540,70 1.694,77 1.848,84 2033,73 986,04
Área Geográfica 24 1.178,63 1.309,60 1.440,56 1.571,51 1.728,67 838,14

 

(1) Ámbito Territorial de Precio Máximo Superior B, al que pertenece el municipio de Guadalajara.
(2) Ámbito Territorial de Precio Máximo Superior C, al que pertenecen los siguientes municipios:
De la provincia de Albacete: Albacete.
De la provincia de Ciudad Real: Ciudad Real.
De la provincia de Cuenca: Cuenca.
De la provincia de Guadalajara: Azuqueca de Henares.
De la provincia de Toledo: Illescas, Talavera de la Reina y Toledo.
(3) Área Geográfica 1, a la que pertenecen los siguientes municipios:
De la provincia de Albacete: Almansa, Balazote, Caudete, Chinchilla de Monte-Aragón, La Gineta, Hellín, La Roda, Tarazona de la Mancha y Villarrobledo.
De la provincia de Ciudad Real: Alcázar de San Juan, Almagro, Almodóvar del Campo, ArgamasiIla de Calatrava, Bolaños de Calatrava, Daimiel, Herencia, Manzanares, Miguelturra, Poblete, Campo de Criptana, Puertollano, Socuéllamos, La Solana, Tomelloso, Valdepeñas, Villanueva de los Infantes y Villarrubia de los Ojos.
De la provincia de Cuenca: Mota del Cuervo, Motilla del Palancar, Las Pedroñeras, Quintanar del Rey, San Clemente y Tarancón.
De la provincia de Guadalajara: CogoIludo, Quer, Yebes, Alovera, CabaniIlas del Campo, El Casar, Chiloeches, Fontanar, Horche, Humanes, Marchamalo, Sigüenza, Tórtola de Henares, y Villanueva de la Torre.
De la provincia de Toledo: Alameda de la Sagra, Añover de Tajo, Argés, Bargas, Borox, Burguillos de Toledo, Cabañas de la Sagra, Camarena, Carranque, Casarrubios del Monte, Cedillo del Condado, Chozas de Canales, Cobisa, Consuegra, Escalona, Esquivias, Fuensalida, Lominchar, Madridejos, Magán, Méntrida, Mocejón, Mora, Nambroca, Noblejas, Numancia de la Sagra, Ocaña, Olías del Rey, Ontígola, Pantoja, Pepino, La Puebla de Montalbán, Quintanar de la Orden, Recas, Santa Cruz del Retamar, Seseña, Sonseca, Torrijos, Ugena, Valmojado, las Ventas de Retamosa, Villacañas, Villaluenga de la Sagra, El Viso de San Juan, Yeles, Yuncler y Yuncos.
(4) Área Geográfica 2, a la que pertenecen el resto de Municipios no contemplados en las categorías anteriores.