Modalidades de promoción
Promoción directa
Promovidas por la propia Consejería de Fomento o por Empresas pertenecientes al Sector Público Regional. Fases:
- Reserva de viviendas: Determinación del cupo de reservas de viviendas para colectivos desfavorecidos, es decir, el cupo especial.
- Personas interesadas: Requisito de inscripción en el Registro de Demandantes, determinación de ingresos mínimos y del concepto de unidad familiar.
- Convocatoria: Se iniciará el procedimiento de adjudicación inmediatamente después de la Calificación Provisional de la promoción y se publicará en el DOCM.
- Solicitudes: Presentación de solicitudes hasta 20 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el DOCM.
- Subsanación de solicitudes: Una vez advertido el defecto en la solicitud se dispondrá de un plazo de diez días hábiles, a contar a partir del día siguiente a su comunicación, para su subsanación. Transcurrido este período sin respuesta se tendrá por desistido al solicitante.
- Lista provisional de participantes: Se expondrá en los Servicios Periféricos de Fomento de la provincia, del Ayuntamiento correspondiente y en la web de vivienda de la Junta de Castilla-La Mancha con un plazo de 15 días hábiles desde su publicación para alegaciones.
- Lista definitiva de participantes: Se expondrá en los lugares citados en el punto anterior y contra la exclusión de la misma se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de 1 mes desde su publicación. El recurso se resolverá antes de la realización del sorteo.
- Celebración del sorteo: primero se sortean las viviendas del cupo especial y después las del cupo general. Las personas seleccionadas formarán el listado de adjudicatarios y las no seleccionadas el listado de reservas.
- Publicación y notificación de las personas adjudicatarias: Una vez aprobadas las listas definitivas, de los cupos especial, general y de reservas, se procederá a su publicación a través de los medios mencionados en epígrafes anteriores y se dispondrá de un plazo de 10 días hábiles desde la publicación para aceptar o renunciar.
Condiciones para la adjudicación
Además de a su aceptación, la adjudicación estará condicionada a los siguientes requisitos:
- Formalización del contrato
- Visado del contrato
- Entrega de las cantidades a cuenta
- Efectiva ocupación de la vivienda en el plazo de tres meses a partir de la entrega de llaves, salvo causa justa, y empadronamiento en la misma.
Pérdida de la adjudicación
Si no se cumplieran las condiciones indicadas en el epígrafe anterior se entenderá que se renuncia a la vivienda y se procederá a la Resolución de la Adjudicación.
Adjudicación de viviendas vacantes
Si tramitado el procedimiento ordinario y agotado el listado de reservas quedaran viviendas vacantes, estas podrán ser ofrecidas por el promotor, previa autorización de la Consejería de Fomento, a personas demandantes que no hayan participado en el proceso de adjudicación o que incluso no estén inscritas en el Registro de Demandantes.