Ayudas dirigidas a la financiación de la mejora de la eficiencia energética de las viviendas de Castilla-La Mancha, en el marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
¿A quién van dirigidas?
PROPIETARIAS, ARRENDATARIAS O USUFRUCTUARIAS DE VIVIENDAS
¿Cuáles son los requisitos?
- Coste mínimo de la actuación: 1.000 €.
- Que se actúe sobre elementos constructivos de la envolvente térmica del edificio dónde se ubica la vivienda, de acuerdo al DB HE. (EJEMPLOS: cambio de ventanas, aislamiento de cubiertas y otros cerramientos.)
-
Reducción de la demanda energética de calefacción y refrigeración de, al menos, un 7%
- Reducción del consumo de energía primaria de fuentes no renovables de, al menos, un 30%.
- Modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica, para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, cuando proceda, establecidos en las tablas 3.1.1.a–HE1 y 3.1.3.a–HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía, del Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
¿Qué costes se subvencionan?
ACTUACIÓN
EJECUCIÓN DE LA OBRA
INSTALACIÓN DE ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS
ADQUISICIÓN DE MATERIALES
OTROS GASTOS
Honorarios de profesionales.
Redacción de proyectos, informes técnicos y certificados.
Gastos administrativos y generales.
La suma de estos costes NO PUEDE EXCEDER de 750 euros ni superar el 15% total de la ayuda.
Costes NO subvencionables
No serán subvencionables las actuaciones de inversión en generadores térmicos que utilicen combustible de origen fósil.
No se consideran costes subvencionables, los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos, si bien el IVA podrá ser considerado subvencionable siempre y cuando no pueda ser susceptible de recuperación o compensación total o parcial.
Cuantía de la ayuda
40% del coste de la actuación.
Máximo 3.000 €/vivienda.
Criterios de concesión
Fecha y hora de la presentación del expediente completo.
¿Qué necesitas aportar?
Es necesario aportar los ANEXOS que tienes en la pestaña ANEXOS SOLICITUD DE AYUDA.
Además se ha de presentar:
- PROYECTO de la actuación a realizar, o MEMORIA JUSTIFICATIVA.
- Documentación acreditativa de la personalidad de la persona solicitante y, en su caso, de la representación.
En el propio formulario de la solicitud se pueden cumplimentar las DECLARACIONES RESPONSABLES Y AUTORIZACIONES DE CONSULTA necesarias, en caso de no hacerlo se deberá presentar la documentación acreditativa que corresponda.
Es necesario aportar los ANEXOS que tienes en la pestaña ANEXOS SOLICITUD DE AYUDA Y ABONO.
Además se ha de presentar:
- PROYECTO de la actuación realizada, o MEMORIA JUSTIFICATIVA.
- Documentación acreditativa de la personalidad de la persona solicitante y, en su caso, de la representación.
En el propio formulario de la solicitud se pueden cumplimentar las DECLARACIONES RESPONSABLES Y AUTORIZACIONES DE CONSULTA necesarias, en caso de no hacerlo se deberá presentar la documentación acreditativa que corresponda.
Abono
-
Aceptación expresa
-
Solicitud de abono
-
Documentación de la actuación - ABONO
-
Documentación económica - abono
La Resolución de concesión debe ACEPTARSE de manera expresa.
PLAZO: 15 días naturales desde la notificación. Transcurrido dicho plazo sin realizarse la aceptación expresa de la ayuda, la resolución de concesión quedará sin efectos.
PRESENTACIÓN: mediante tu Agente Gestor, como Documentación Adicional del expediente.
Mediante AGENTE GESTOR.
Plazo máximo: 3 meses, desde la finalización de la actuación.
La solicitud de abono se debe realizar en el ANEXO XII, junto con el resto de documentación y anexos necesarios en cada caso.
- Memoria de la actuación. ANEXO XIII
- Documentación fotográfica de las obras, preferentemente en color.
- Certificado de eficiencia energética de la vivienda obtenido una vez realizadas las actuaciones. No será necesario aportar este certificado si el beneficiario autorizara su consulta.
- En su caso, certificado de la instalación térmica. No será necesario aportar este certificado si el beneficiario autorizara su consulta.
- Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actuación y sus justificantes de pago (ANEXO XVI) No se admitirá el pago en efectivo.
- Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que, en su caso, hayan financiado la actividad subvencionada.
- Declaración responsable de estar al corriente de pago en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, con la Hacienda de Castilla-La Mancha, así como en materia de reintegro de subvenciones y frente a la Seguridad Social.
SIMRE - Visor para la rehabilitación
SIMRE es una herramienta informática gratuita que permite realizar un primer acercamiento al potencial de rehabilitación energética del edificio.
Más información
Si tienes alguna duda, aquí pueden resolvértela:
Por teléfono
- 633 85 68 28 (ORCLM COACM)
- 967 201 531 (ORCLM COAATIE)
Por correo electrónico
Más información en esta web:
En cualquier momento puedes consultar el estado de tu expediente
- Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Orden 58/2022, de 10 de marzo, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas en Castilla-La Mancha, dentro del marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Orden 228/2022, de 30 de noviembre, de la Consejería de Fomento, por la que se modifica la Orden 58/2022, de 10 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas en Castilla-La Mancha, dentro del marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- Resolución de 23/12/2022, de la Consejería de Fomento, por la que se convocan ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas en Castilla-La Mancha, dentro del marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para el año 2023.
- Resolución de 18/05/2023, de la Consejería de Fomento, por la que se amplía el crédito previsto en la convocatoria realizada mediante Resolución de 23/12/2022, por la que se convocan ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas de Castilla-La Mancha, dentro del marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para el año 2023.
- Resolución de 13/10/2023, de la Consejería de Fomento, por la que se amplía el crédito previsto en la convocatoria realizada mediante Resolución de 23/12/2022, por la que se convocan ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas de Castilla-La Mancha, dentro del marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para el año 2023.
- Resolución de 14/05/2024, de la Consejería de Fomento, por la que se convocan ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas en Castilla-La Mancha, dentro del marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para el año 2024.
La información facilitada en esta sección tiene carácter general, sin perjuicio de las especificidades de cada caso. Se recomienda consultar las publicaciones oficiales, disponibles en el apartado de Normativa.