Ayudas para la elaboración del libro del edificio existente | Programa 5 | Convocatoria 2022

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Ayudas a la elaboración del Libro del edificio existente (LEEx) para la rehabilitación y a la redacción de Proyectos técnicos de Rehabilitación Integral de edificios de Castilla-La Mancha.

¿A quién van dirigidas?

PROPIETARIAS, ARRENDATARIAS O USUFRUCTUARIAS DE VIVIENDAS O EDIFICIOS

¿Cuáles son los requisitos?

  • Que su construcción haya finalizado antes del año 2000.
  • Que, al menos el 50% de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tendrán uso residencial de vivienda.

Que su elaboración se hubiera iniciado con posterioridad al 1 de febrero de 2020.

Que recoja los siguientes contenidos:

  • Bloque I: Informe de Evaluación del Edificio, debidamente registrado, y las Instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones.
  • Boque II: Diagnostico del potencial de mejora y Plan de actuaciones para la renovación del Edificio

Más información sobre el contenido del LEEx en Castilla-La Mancha.

Que su elaboración se hubiera iniciado con posterioridad al 1 de febrero de 2020.

Que la actuación propuesta consiga:

  • una reducción de, al menos, el 30% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable.
  • una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración, de al menos de un 35% en zonas climáticas D y E y un 25% en zona climática C.

Que incluya un estudio de gestión de residuos.

Que apoye la circularidad de los diseños de los edificios y su construcción.

¿Qué costes se subvencionan?

Honorarios profesionales.

No son subvencionables los importes correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos.

Cuantía de la ayuda

Libro del Edificio Existente

Edificios de  HASTA 20 VIVIENDAS y UNIFAMILIARES:

700 euros + 60 €/viv

Edificios de MÁS DE 20 VIVIENDAS:

1.100 euros + 40 €/viv.  

límite MÁXIMO = 3.500 €/edificio

Si no se dispone de la INSPECCIÓN TÉCNICA DEL EDIFICIO, del INFORME DE EVALUACIÓN DEL EDIFICIO o documento análogo, la ayuda podrá incrementarse hasta en un 50 %.

Proyectos de rehabilitación

EDIFICIOS DE HASTA 20 VIVIENDAS y UNIFAMILIARES:

4.000 euros + 700 €/viv.

EDIFICIOS DE MÁS DE 20 VIVIENDAS:

12.000 euros + 300 €/viv.

límite máximo = 30.000 euros.

Criterios de concesión

Fecha y hora de la presentación de la solicitud.

¿Qué necesitas aportar?

Es necesario aportar los ANEXOS que tienes en la pestaña ANEXOS LEEx junto con la siguiente documentación obligatoria:

  • Libro del edificio existente para la rehabilitación (LEEx)
  • Escritura, nota simple registral o consulta descriptiva y gráfica de los datos catastrales.
  • Copia del presupuesto aprobado por la persona beneficiaria, que acredite el inicio de la actuación subvencionable.
  • Relación clasificada de los gastos de la actuación.
  • Relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada.

Además, en los casos que proceda, se deberá presentar:

  • Copia del acta o certificado de la secretaría o administración con el acuerdo de la comunidad para realizar el libro del edificio o el proyecto técnico de rehabilitación integral.
  • Copia del acta o certificado de la secretaría o administración, donde conste el nombramiento de la persona representante autorizada para solicitar la subvención.
  • Acreditación de la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el caso de que las personas solicitantes desarrollen actividades económicas.

Es necesario aportar los ANEXOS que tienes en la pestaña ANEXOS PROYECTO TÉCNICO junto con la siguiente documentación obligatoria:

  • Proyecto técnico de rehabilitación integral del edificio.
  • Escritura, nota simple registral o consulta descriptiva y gráfica de los datos catastrales.
  • Certificado de eficiencia energética de proyecto, incluyendo las actuaciones contempladas.
  • Reportaje fotográfico, preferentemente en color, de las zonas afectadas, así como de la fachada principal del edificio.
  • Copia del presupuesto aprobado por la persona beneficiaria, que acredite el inicio de la actuación subvencionable.
  • Relación clasificada de los gastos de la actuación.
  • Relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada.

Además, en los casos que proceda, se deberá presentar:

  • Copia del acta o certificado de la secretaría o administración con el acuerdo de la comunidad para realizar el libro del edificio o el proyecto técnico de rehabilitación integral.
  • Copia del acta o certificado de la secretaría o administración, donde conste el nombramiento de la persona representante autorizada para solicitar la subvención.
  • Acreditación de la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el caso de que las personas solicitantes desarrollen actividades económicas.

 

La solicitud puede presentarse inicialmente sin aportar el Proyecto, acompañada de una memoria justificativa de la actuación propuesta que incluya planos, presupuesto desglosado y cuantificación del ahorro respecto de la situación inicial, así como la cuantía de la ayuda solicitada.

Además deberá aportar toda la documentación antes descrita excepto el certificado de eficiencia energética de proyecto, el reportaje fotográfico, la relación clasificada de gastos y la relación de otros ingresos o subvenciones, que deberán aportarse junto con el Proyecto en el momento de la solicitud de abono.​​​​

En el propio formulario de la solicitud podrá realizar el resto de DECLARACIONES RESPONSABLES Y AUTORIZACIONES DE CONSULTA, en caso de no hacerlo deberá presentar la documentación acreditativa que corresponda.

Abono

La Resolución de concesión debe ACEPTARSE de manera expresa.

 

PLAZO: 15 días naturales desde la notificación. Transcurrido dicho plazo sin realizarse la aceptación expresa de la ayuda, la resolución de concesión quedará sin efectos.  

PRESENTACIÓN: como Documentación Adicional del expediente.

El abono se efectuará mediante un PAGO ÚNICO, que se ingresará a la persona beneficiaria, si bien, ésta podrá ceder el derecho al cobro a un agente rehabilitador.

Se deberá ACEPTAR la Resolución de concesión de manera expresa y presentar la siguiente documentación:

  • Solicitud de abono de la ayuda. ANEXO I BIS
  • Aceptación expresa de la subvención. ANEXO IV
  • Proyecto técnico de rehabilitación integral del edificio.
  • Certificado de eficiencia energética de proyecto, incluyendo las actuaciones contempladas.
  • Reportaje fotográfico, preferentemente en color, de las zonas afectadas, así como de la fachada principal del edificio.
  • Relación clasificada de los gastos de la actuación.
  • Relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada.

PLAZO: IMPRORROGABLE DE 2 MESES desde la concesión de la ayuda.

PRESENTACIÓN: como Documentación Adicional del expediente.

Puedes presentar la documentación necesaria para el abono a través del siguiente enlace:

Más información

Si tienes alguna duda, aquí pueden resolvértela:

Por teléfono

  • 633 85 68 28 (ORCLM COACM)
  • 967 201 531 (ORCLM COAATIE) 

Por correo electrónico

Más información en esta web:

La información facilitada en esta sección tiene carácter general, sin perjuicio de las especificidades de cada caso. Se recomienda consultar las publicaciones oficiales, disponibles en el apartado de Normativa.